Miércoles, 28 Noviembre, 2018
Las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) serán de cumplimiento obligatorio a partir del 2 de enero de 2020 para los productores de frutas y desde el 4 de enero de 2021 para el sector hortícola.
Así lo dispuso la Resolución 5/18, dictada en conjunto por las Secretarías de Alimentos y Bioeconomía y de Regulación y Gestión Sanitaria y publicada el 21 de noviembre en el Boletín Oficial. La normativa incorpora en el Código Alimentario Argentino (CAA) el artículo 154 tris que establece: “toda persona física o jurídica responsable de la producción de frutas y hortalizas deberá cumplir con las BPA cuando se realicen una o más de las actividades siguientes: producción primaria (cultivo-cosecha), almacenamiento hasta la comercialización dentro del establecimiento productivo, a excepción de aquellos registrados como empaques”.
Los productores deberán cumplir siete principios que comprenden la documentación obligatoria/trazabilidad; productos fitosanitarios y fertilizantes sintéticos; agua; manipulación e higiene; animales en el predio; uso de fertilizantes orgánicos y enmiendas; y asistencia técnica, señalaron desde el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
En diálogo con FM Mercado, la radio de la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires, Mercedes Nimo, Directora Nacional de Alimentos y Bebidas de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria de la Nación, aseguró que la medida demuestra “la preocupación del gobierno por garantizar la inocuidad y calidad de los productos”.
“Venimos trabajando desde hace varios meses con el Senasa, Cambio Rural y el INTA en la capacitación de los formadores que van a estar acompañando a los productores en la aplicación de las BPA”, sostuvo la funcionaria.